La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha publicado en el día de ayer el borrador
definitivo del reglamento técnico que entrega al mecanismo único de supervisión
(MUS) del BCE, los estándares legales para la aprobación
inicial, supervisión y vigilancia continuada de las prácticas de las entidades
financieras en el cálculo mediante sus modelos internos de sus exigencias de capital
derivadas de sus exposiciones al riesgo en los mercados financieros.
Con esta nueva herramienta legal, tras su previsible
adopción por la Comisión Europea, el BCE tendrá más
herramientas para mitigar el mayor de las problemas observados en la
implantación de la regulación derivada del acuerdo Basilea II, en cuanto a la
falta de homogeneidad entre entidades en los resultados obtenidos en la
implantación y el uso de los modelos internos, propuesto en aquel acuerdo, para
control de exposición al riesgo de mercados
para sus cálculos de capital regulatorio exigible por estas
exposiciones. Esta falta de homogeneidad está viniendo a limitar la competencia en
igualdad de condiciones entre todas las entidades de la Unión y a impedir una
supervisión y control homogéneo y comparable de todas ellas.
Los dos principales estándares técnicos que se definen en el
reglamento son por una parte los necesarios para que el Supervisor Único evalúe
con metodología homogénea el nivel de
cumplimiento de las exigencias a las entidades en su correcta implantación y
uso de los modelos internos para el
cálculo de sus exposiciones a los riesgos de mercado, y por otra parte los
necesarios para que se evalúe con metodología homogénea, la relevancia de las posiciones
de riesgo, que las entidades incluyen bajo la aplicación sus modelos internos
de riesgos de mercado.
Respecto al estándar de evaluación del nivel de cumplimiento
de exigencias en la implantación y uso de modelos internos se revisan y se
establecen pautas en aspectos del
reglamento de requerimientos de capital regulatorio (CRR/CRD IV) tales como :
Gobierno Interno de riesgos de las entidades
Segregación
del control de riesgos
Remuneraciones
variables del personal de control de riesgos y de auditoria
Externalización
de funciones de control
Validaciones
internas iniciales y regulares de los modelos
Políticas
de aprobación de nuevos productos
Estructuras
de comités de control
Información
interna de control de riesgos
Políticas
de establecimiento, control y roturas en límites de riesgo
Stress
testing
Cálculos de VaR y SVaR
Cálculos
a nivel consolidado
Back
testing
Tratamiento
de eventos de riesgo
Tratamiento
de la propia calidad crediticia de la entidad que afecte a pasivos
Evaluación
de validez de multiplicadores y VaR SVaR de la entidad
Cálculos IRC
(Incremental Risk Charge)
Selección de ratings, PDs
LGDs
Modelos Internos para posiciones de trading de correlación
El borrador definitivo de la EBA, se encuentra en el enlace siguiente.