jueves, 27 de octubre de 2016

Las gestoras de fondos de inversión reciben desde Europa las instrucciones de remuneración de los gestores de sus sociedades

La Autoridad Europea de Mercados de Valores (ESMA) acaba de publicar, para su cumplimiento  a partir del 1 Enero de 2017, su guía práctica de políticas de remuneración del personal relevante, que deben observar las gestoras de fondos de inversión que operan bajo la directiva regulatoria 2014/91/EU, que son más del 75% de los vehículos de inversión de los ahorradores medios Europeos.

Las instrucciones hacen referencia a la remuneración tanto fija (que considera los servicios profesionales prestados según el nivel de educación, el grado de experiencia, el nivel de conocimientos especializados), como remuneración variable (que dependen de los resultados ajustados con todos los riesgos incluyendo los tradicionales de mercados, los operacionales y reputacionales ), como aportaciones a planes pensiones .

En las remuneraciones se deben considerar todos sus componentes, que podrán incluir complementos salariales monetarios (como efectivo, acciones, opciones, cancelación de préstamos concedidos) o complementos salariales no monetarios (como descuentos, prestaciones sociales complementarias o indemnizaciones para gastos de automóvil, teléfono móvil, etc.).

El personal relevante dentro de las gestoras,  a cuya remuneración se les aplicarán estas instrucciones, son de forma general todos aquellos con influencia en los resultados y perfil de riesgos  de la propia gestora y/o  de los vehículos gestionados;  Así se identifican a  miembros ejecutivos y no ejecutivos de los órganos de dirección de la sociedad, altos directivos, responsables de funciones de control, responsables de la gestión de inversiones, responsables de la administración, responsables de la comercialización, responsables de los recursos humanos, y otros responsables de asumir riesgos como los equipos de venta y los equipos de operaciones de intermediación bursátiles.

De manera general  la remuneración variable, que se recomienda en lo posible sea principalmente basada en participaciones en los fondos gestionados y en la sociedad de gestión,  deberá responder a la vez, al principio de alineación con los resultados de negocio de la gestora y de los fondos gestionados;  Al principio de alineación con el control y ajuste al apetito establecido en todos  riesgos de la actividad (coherencia con el mapa de riesgos de la sociedad gestora y sus fondos);  Al principio de proporcionalidad de la remuneración de cada equipo, a su intervención en resultados, y a su intervención en la toma y control de  riesgos de la actividad;  Y al principio del uso de horizontes plurianuales alineados con objetivos de gestión, tanto en los periodos de medición de resultados y riesgos,  como en los periodos de pago de remuneraciones aplazadas (se recomienda aplazar entre el 40% al 60% y con prohibición de seguros de coberturas personales de remuneraciones), para ajustarlos con riegos y revaloración de resultados a posteriori a los periodos de medición  y concesión de las remuneraciones.

Las instrucciones definen  al máximo órgano de dirección de la sociedad de gestión, normalmente consejos de administración, como el principal responsable de garantizar que se cuenta con unas estructuras, políticas y prácticas remunerativas adecuadas y prudentes,   y dan pautas para las prácticas de gobierno de esas políticas y prácticas, con vigilancia de los conflictos de interés en estas funciones, recomendando la existencia de comités de remuneraciones delegados desde los máximos órganos de dirección, y ocupados en la adecuada  definición, evolución, control y validación de las políticas remunerativas.

Si bien las guías prácticas de aplicación de la regulación, no son de obligado cumplimiento, la ley de regulación de la Autoridad Europea de Mercados Financieros,  establece que tanto las sociedades de gestión participantes en los mercados como las autoridades nacionales competentes en su rol supervisor, CNMV en nuestro caso,  deben hacer todo lo posible para cumplir y hacer cumplir con las  instrucciones que aquella autoridad establece en sus guías prácticas.

Todo el detalle de la guía recién publicada se puede encontrar en el siguiente enlace 



jueves, 20 de octubre de 2016

La Autoridad Europea de Banca (EBA), marca su agenda reguladora para 2017

Al igual que ya hiciera la Autoridad Europea de Mercados (ESMA), la Autoridad Europea de Banca (EBA) publica en esta semana su programa de trabajo regulador para el 2017.

Con la misión y objetivos estratégicos entregados desde las Instituciones Europeas, de asegurar un mercado único de servicios financieros íntegro,  transparente y estable;   de construir y asegurar la aplicación de un marco regulador y supervisor únicos y homogéneos para todo el sector bancario europeo; y   de fomentar la protección de los consumidores de los servicios financieros  y de los ciudadanos de la Unión Europea en general,  la EBA ha identificado las siete líneas maestras de su actividad reguladora para el ejercicio 2017 :

  •      Finalizar el desarrollo y mantener el marco regulador y de políticas públicas del sector recogido en el libro único de regulación bancaria.
  •     Fomentar la gestión coordinada y eficiente de posibles eventos de crisis de las instituciones bancarias, firmas de inversión y de las infraestructuras del mercado de los servicios financieros.
  •      Fomentar la convergencia y homogeinización de la aplicación de la regulación en toda la UE y la convergencia de las metodologías y  prácticas supervisoras en toda la UE,  a los estándares definidos en el libro único de regulación y los definidos conjuntamente con el Mecanismo Unico  de Supervisión bancaria del BCE.
  •      Identificar y analizar riesgos y vulnerabilidades reales, tendentes  y potenciales  derivados de las actividades y  gestión de la entidades y del propio sector financiero a los largo de la UE.
  •     Finalizar el desarrollo y mantener el marco de información regulatoria a los supervisores y fomentarlo como la base de datos para la obtención mantenimiento y uso de los datos de actividad de los bancos de la UE.
  •       Proteger a los consumidores, hacer seguimiento a las innovaciones financieras y contribuir a la eficiencia y seguridad de la red de pagos y servicios  en la UE.
  •     Desarrollar y mejorar la calidad de  los procesos internos y el gobierno interno de la propia EBA, sus productos y actividad.

El detalle de las actividades que se van a abordar en cada una de las líneas maestras, los objetivos y los productos regulatorios resultantes, se listan en el documento publicado por la EBA (accesible siguiendo el link indicado a continuación) para el conocimiento de los partícipes e interesados del sector de modo que igualmente puedan planificar su dedicación y esfuerzos humanos y económicos para adoptar e implantar la regulación en sus respectivas actividades.


Adicionalmente la EBA identifica en su plan los que considera sus tres principales retos propios y del sector para el 2017:
  •     Hacer seguimiento al funcionamiento del libro único de regulación, entendiendo mejor sus efectos en el sector y en las entidades, y como mejorarlo en base a los correctos criterios de proporcionalidad en su aplicación.
  •    Fomentar la finalización del necesario ajuste de los balances de las entidades financieras, reduciendo los niveles de activos improductivos, aumentando su capacidad de prestar e incorporar nuevos activos y ajustando la estructura y naturaleza de sus pasivos a los nuevos requisitos regulatorios.
  •       Enfrentar las nuevas necesidades regulatorias y de protección de consumidores derivadas de la innovación digital de los servicios financieros y los cambios en los modelos de negocio.



sábado, 15 de octubre de 2016

Aceptar y adoptar la regulación , un deber de reputación ineludible

Jorge Cachinero, amigo compañero de aulas en nuestro MBA IE y  un reconocido  experto en el activo intangible más  valioso, y paradójicamente más  minorado en los últimos años en los balances de las entidades bancarias de la unión , la reputación, nos revela  la receta del “druida”  para que los consejos de administración y los comités de dirección vuelvan a refundar con tiempo y perseverancia sus tesoros de reputación y confianza corporativa.

Extraigo textualmente del blog de Jorge en el diario ABC:

“volver a entrar en el reino de la respetabilidad a no ser que quieran convertirse en los PARIAS del mundo económico.

Para evitarlo, el camino exige, como poco, PARTICIPAR activamente de forma pro-activa en el debate público sobre cómo se han hecho las cosas durante estos últimos años y cómo deberían hacerse en el futuro, sin recurrir a la tentación de enterrar la cabeza debajo de la arena; ACEPTAR una regulación inevitable, como está sucediendo en los últimos años, que ponga coto a la excesiva liberalización del sector en los EE.UU. durante los años 80; REVISAR productos, servicios, modelos de negocio y prácticas profesionales; INTEGRAR las lecciones aprendidas en estos años e incorporarlas a las estructuras, procesos y procedimientos de las organizaciones financieras y no caer en el autismo social; ATRAER liderazgo de comportamiento irreprochable, como hemos visto que han hecho algunos bancos, de forma ejemplar; y SOLUCIONAR las quejas legítimas de reguladores, consumidores, clientes y sociedad con respeto y asumiendo responsabilidades individuales y colectivas que estén a la par con los hechos cuestionados.”

En esta mágica y segura receta, su segundo ingrediente, aceptar la regulación, yo lo quiero interpretar y divulgar como la dedicación sincera y esfuerzo que deben hacer las entidades bancarias y todos los agentes del sector financiero, reguladores y supervisores incluidos, para aplicar e  implantar de forma certera y homogénea  la regulación que nos estamos dando los europeos en la conformación  de la unión bancaria y la unión de mercados, que viene a sustentar de forma primordial la reconstrucción de la confianza y la reputación de este sector económico de Europa en el mundo.

En esta dedicación y esfuerzo, el estudio, conocimiento y divulgación  de las normas regulatorias es una tarea base y pilar en su implantación y desde este observatorio de las políticas públicas de la unión bancaria europea  nos proponemos incorporar nuestro granito de arena  en la larga tarea, entrada a entrada cada semana.

Jorge nos brinda no sólo una de sus recetas, sino también la totalidad de su libro  de la gestión de la reputación corporativa, compendio de sus años de dedicación a la materia y que recomiendo :

 https://libros.com/crowdfunding/reputacion-y-generacion-de-valor-en-el-siglo-xxi/

miércoles, 12 de octubre de 2016

La Autoridad Europea de Mercados (ESMA), marca su agenda reguladora para 2017

Con la misión de mejorar la protección a inversores,  promover la estabilidad y el  ordenamiento de los mercados financieros de la Unión Europea, la Autoridad Europea de Mercados Financieros, continuará en 2017 el programa de trabajos multianual definido en el comienzo de 2016 y hasta el 2020. Este programa comprende cuatro líneas de actividad:
·         Convergencia supervisora para un mercado único de los servicios financieros.
·         Valoración de riesgos  de los inversores, de los mercados y de la estabilidad financiera
·         Completar el libro único de la regulación de los mercados de los servicios financieros en la unión europea
·         Supervisión directa de agentes específicos (Agencias de Rating y Registros de Operaciones)

Para 2017 la ESMA ha previsto, una evolución progresiva de sus trabajos desde la construcción del libro único de la regulación de los mercados, hacia las actividades para asegurar que la regulación se aplica de manera consistente en todos los países de la Unión. Así el seguimiento a la  implantación de la directiva y regulación MiFID, en aspectos como la protección de inversores, organización y gobierno interno de las firmas de inversión, conducta en los negocios,  valoración de idoneidad de clientes,  se convertirá en la primera prioridad en la convergencia de las practicas supervisoras en 2017, incluyendo todo lo relativo a los proyectos  tecnológicos relacionados con MiFID II y la directiva de abuso de mercado MAR.

En lo referente a la valoración y control de riesgos,  lanzará actividades para asegurar la calidad de los datos de todas las bases de datos  centralizadas de control de actividad que se requieren por la nueva regulación.  Actuará en el diseño de las metodologías para conducir ejercicios de stress test de los fondos de inversión europeos. Diseñará  políticas de intervención y acción supervisora en los mercados cuando la monitorización de la actividad lo aconseje.

Para avanzar en el libro único de la regulación de los mercados, entregará los trabajos de definición de detalle de la regulación de estandarización de los folletos informativos en emisiones de capitales y de los documentos informativos de productos de inversión. Entregará los trabajos de definición de detalle de la regulación de titulizaciones en desarrollo bajo el marco del mercado único de capitales (CMU). Entregará los trabajos de definición de detalle de la regulación en desarrollo de los fondos de capital riesgo, fondos de emprendimiento social, fondos de inversión de largo plazo, fondos en mercados de dinero, productos de inversión empaquetados para clientes minoristas. Colaborará en la revisión de la regulación de ventas en corto. Continuará revisando la regulación de la actividad de derivados tanto cuales deben ser sujetos a normas de trading como cuales deben ser liquidados en cámaras de compensación. Entregará los trabajos de definición de detalle de la regulación de los bases de datos de operaciones de financiación de activos financieros. Continuará la definición de detalle y guías de aplicación  de la regulación de la agencias de rating.

Este avance de actividades, permitirá también la planificación de trabajos desprendidos de los otros agentes principales de los mercados: Firmas de inversión, sus asociaciones colectivas nacionales,  y autoridades de supervisión de mercados de los países miembros de la Unión.

Para todas estas actividades en el 2017, la ESMA ha estimado un presupuesto 40,5 millones de Euros con cargo al erario público europeo.


El detalle de la agenda anual 2017 de actividades de la ESMA se encuentra en este Link

jueves, 6 de octubre de 2016

Visión práctica de la nueva metodología de control de requisitos de capital del BCE


De forma muy esquemática, este gráfico muestra las novedades que desde el Proceso de Supervisión del BCE, el desconocido SREP, se aplicarán al control de los requerimientos de capital en los bancos de la Unión, todavía en la etapa phase-in, para 2017. 
A destacar el nuevo concepto de las Guías de Capital del MUS, (ya comentado en entradas anteriores del  este blog)



Agradecimiento al Grupo Santander por tan sencilla y didáctica lámina