La Unión del Mercado Financiero
en Europa, realiza una función esencial en la sociedad de la UE, financiando la
actividad económica en la que se apoya la generación del crecimiento y los
empleos, a la vez que promueve el ahorro y la inversión. Sin embargo dada la
naturaleza de riesgo, y de fuertes intereses
cruzados del mercado financiero, es necesario que esté gobernado por una
regulación amplia y más importante si cabe, que esta regulación se haga valer
en el mercado y esté vigilado por un sistema
de supervisión.
La Unión del Mercado Financiero en Europa tiene la característica única, de ser
una integración de mercados financieros,
donde sus participantes tienen amplia
libertad de decidir en qué país de la UE establecen sus actividades, y amplia
facilidad de ofrecer sus servicios a toda la UE, con la supervisión en el día a día de sus
operaciones realizada por la Autoridad
Nacional Competente del país en que se establecieron.
Así, una cuestión importante de
cara al futuro de la consolidación de la Unión del Mercado Financiero en Europa
y la consolidación de la implantación de la regulación única Europea que se ha
construido en los últimos años, es si el sistema de supervisión del mercado, formado por la Autoridad Europea de Mercado,
ESMA, y por todas las Autoridades Nacionales Competentes de los países de la Unión,
ANCs, tienen todos los mecanismos y
todas las herramientas a su alcance para asegurar unas prácticas de supervisión
consistentes y únicas a lo largo de toda la UE.
Se hace necesario continuar
impulsando la convergencia supervisora para evitar el importante riesgo que supone el
arbitraje regulatorio dentro del mercado único.
En la regulación Europea por la
que se crea la Autoridad Europea de Supervisión de Mercados, ESMA, (EU
1095/2010) se exige a esta el fomento de la convergencia supervisora. ESMA
cuenta varios mecanismos para asegurar que las actividades de supervisión se
conducen de forma consistente por todas las ANCs a lo largo de UE.
Algunos de estos mecanismos son
genéricos a toda regulación como la publicación de guías prácticas de
aplicación de la regulación, publicación de opiniones formales, publicación de
documentos de respuestas a preguntas frecuentes; Otros mecanismos
son específicos de alguna pieza regulatoria como la autorizaciones conjuntas de
ANCs y ESMA en el caso de entidades de contrapartida central para derivados
(EMIR); También
ESMA cuenta con las capacidades de supervisión a los supervisores nacionales en
las llamadas revisiones temáticas o revisiones de prácticas supervisoras (peer
reviews) y la capacidad de iniciar procesos correctores si en estas revisiones descubre
interpretaciones discordantes entre ANCs
o rupturas directas de la regulación por alguna ANC.
Así con todo, desde la más alta dirección de ESMA se transmite que la experiencia en la aplicación
de estos mecanismos demuestra que son demasiado débiles y que se necesita
fortalecer los instrumentos con los que cuenta para asegurar la convergencia
supervisora necesaria a toda la UE.
¿Se está planteando desde ESMA de
algún modo, que sería conveniente evolucionar
a un modelo de sistema de supervisión del Mercado Financiero Europeo similar al
MUS del BCE (Mecanismo Único de Supervisión del Banco Central Europeo) de la Unión Bancaria?
Recordemos que en el MUS, el BCE dirige la actividad supervisora de los
Bancos Centrales Nacionales mediante los Equipos Conjuntos de Supervisión y se
toman las medidas y decisiones supervisoras
en el consejo único de supervisión del BCE. Recordemos también que el MUS del BCE
viene financiado por las propias entidades supervisadas, sin embargo ESMA tiene
la financiación de sus actividades facilitada en una gran parte por las propias
ANCs, modelo que también preocupa a su
alta dirección por considerarlo débil.
“A Dios rogando y con el mazo dando”.
Para el 2017, ESMA y las ANCs han planteado un importante programa de
trabajo para la convergencia supervisora que se ha enfocado en unas prioridades
clave elaboradas teniendo en cuenta los factores que han considerado con mayor
impacto en la convergencia, que incluyen:
Orientación estratégica , obligaciones y necesidades de ESMA y ANCs en
la práctica supervisora, el entorno regulatorio en 2017, el entorno de mercado
en 2017, las prioridades de las actividades
supervisoras individuales de las ANCs.
El conjunto de prioridades clave,
se enumeran en el programa de trabajo como sigue:
- Asegurar le correcta, consistente y eficiente implantación de la nuevas regulaciones MiFIR/MiFID II y MAR, incluyendo la finalización de la infraestructura tecnológica necesaria.
- Mejorar la calidad de datos que resulta del cumplimiento las varias exigencias de envío de información de MiFID II, EMIR, AIFMD.
- Asegurar una adecuada protección de los inversores en el contexto de la provisión de servicios transfronterizos entre países de la UE.
- Asegurar una convergencia y consistencia efectivas en la supervisión de las entidades de contrapartida central (CCPs) en toda la UE.
A demás, a través del programa de trabajo para la
convergencia, ESMA continúa promocionando nuevos métodos de trabajo que
considera muy relevantes para asegurar un dialogo y un trabajo de
convergencia con las ANCs que sea efectivo, como son:
- Promover y facilitar el contacto diario entre los equipos de ESMA y as ANCs mediante la discusión conjunta de casos actuales reales y mediante seminarios de trabajo de prácticas supervisoras;
- Seguimiento y dialogo continuo con las ANCs en situaciones donde se detectan deficiencias en el cumplimiento de las guías prácticas de aplicación de la regulación facilitadas o de las recomendaciones emitidas en las revisiones de prácticas supervisoras;
- Investigar casos de incumplimiento de la regulación (si se identifican estos casos potenciales) y aplicar procedimientos correctores.
Todo el detalle de las
actividades del programa de trabajo de convergencia supervisora y los catálogos
de cursos de formación, seminarios y guías prácticas a desarrollar por ESMA en
2017, se puede encontrar en el documento de este enlace.