viernes, 27 de octubre de 2017

REDUCIENDO LASTRE EN LAS CARTERAS DE PRESTAMOS IMPAGADOS

Los altos niveles de préstamos impagados y otros activos no productivos en los balances de algunos bancos en la Unión, son un lastre al normal desarrollo de la actividad crediticia, rentabilidad y viabilidad de los bancos afectados que impiden una fluida financiación de la actividad económica de los países y aumentan la inestabilidad del sector bancario en toda Europa.

Se ha reconocido, en el avance de la agenda de los trabajos para completar el marco regulatorio de la Unión Bancaria de la UE, la necesidad de la reducción de riesgos en el sector bancario con un foco principal obligado en la actuación para reducir los altos niveles actuales de activos no productivos e impedir que se mantenga a futuro la generación de estos activos.

Incluso, en la última comunicación de la Comisión Europea (Octubre 2017) sobre los compromisos necesarios para alcanzar la finalización del proyecto la Unión Bancaria en 2019 se ha propuesto  la vinculación en el avance de las fases de la implantación del Fondo Europeo de Garantía de Depósitos a la necesaria reducción de los niveles de activos improductivos.

Si bien la responsabilidad primera de aplicar las medidas para reducir las carteras de préstamos impagados y evitar que se amplíen en el futuro,  es de los propios consejos de administración de los bancos, y las administraciones nacionales de los países se deben asegurar de que se dispone  del marco legal, capacidades y administraciones que motiven y dinamicen esas acciones, la integración de todos los esfuerzos a nivel europeo por las Instituciones y Autoridades de la Unión garantiza la promoción de planes de acciones homogéneas,  eficacia coordinada y transparencia en la información en la aplicación de medidas y en la evolución de sus resultados.


A nivel nacional se han adoptado medidas relevantes que  han aportado desde el inicio de la crisis en 2008 importantes resultados en la mejora de los niveles activos improductivos en algunos países:

  • Reestructuración de los sectores bancarios nacionales para obtener sinergias, economías de escala y dilución de la relevancia de riesgos.
  • Creación de entidades especiales para la gestión de préstamos impagados y activos adjudicados (Bancos malos) para concentrar la gestión homogénea y especializada de riesgos, actividades de mitigación o distribución de los mismos y recuperación de valor.
  • Mejora de la supervisión de las adecuadas prácticas para la provisión contable de activos improductivos y el adecuado desarrollo de capacidades y actividades para evitar, reducir y distribuir sus riesgos.
  • Reformas de los marcos legales nacionales sobre reestructuración de préstamos con dificultades, transferencia de carteras a entidades no bancarias, transparencia en información de calidad de créditos y prestatarios, agilización de procedimientos de insolvencia y asignación de garantías y desarrollo de incentivos fiscales en el reconocimiento de perdidas. 


A nivel Europeo el Consejo de Europa y la Comisión Europea y las Autoridades Bancarias (EBA) y Mercados (ESMA) vienen desarrollando medidas legislativas y no legislativas para promover una acción homogénea para reducir y evitar la morosidad, aumentar transparencia de información, aumentar la convergencia de la supervisión y dar guías y pautas en la gestión de los bancos.

  • La Autoridad Bancaria ha desarrollado el concepto común en la UE sobre activos no productivos.
  • El Mecanismo Unico de Supervisión del BCE ha publicado una guía para gestionar y reducir las carteras de préstamos impagados (1) y está desarrollando un anexo a esta guía sobre las expectativas supervisoras en la aplicación de provisiones (2) en las carteras de préstamos impagados.
  • La Comisión Europea presentó en Nov 2016 una propuesta legislativa sobre insolvencias (3), y ha presentado un plan de medidas en su comunicación sobre la finalización del proyecto de la Unión Bancaria (4), para adoptarse antes del verano 2018:
    • Se han clarificado en su reciente informe sobre Mecanismo Unico de Supervisión los poderes del MUS para influir sobre las prácticas y niveles de provisiones sobre préstamos impagados de los bancos de la UE.
    • Se publicarán las pautas homogéneas para el diseño de entidades nacionales de gestión de activos improductivos. (Bancos Malos)
    • Se presentarán medidas para el desarrollo de los mercados secundarios de activos improductivos facilitando la transferencia de activos a entidades no bancarias y la prestación de servicios de gestión de deuda por entidades terceras
    • Se presentarán iniciativas legislativas de protección de prestamistas promoviendo procedimientos más ágiles y eficientes (extrajudiciales?) para la adjudicación de garantías.
    • Se realizará un estudio comparativo sobre la eficacia, eficiencia y rapidez de los procedimientos de insolvencia de prestatarios y adjudicaciones de garantías de préstamos en los países de la EU.
    • Se publicará un informe, y si es necesario una iniciativa legislativa para introducir en el marco regulatorio de exigencias de capital niveles mínimos de provisiones que los bancos debe contabilizar en nuevos préstamos impagados.
    • Se adoptaran medidas para mejorar la transparencia de información sobre préstamos improductivos mediante la ampliación de disponibilidad y comparabilidad de datos.
  • El Consejo de Europa (ECOFIN), siguiendo sus compromisos en hoja de ruta del 2016 para reducir riesgos en la UE, y basándose en el reciente informe de su Comité de Servicios Financieros sobre activos improductivos (5), ha presentado su plan acción para hacer frente a los prestamos impagados en Europa (6):
    • Acciones en la supervisión bancaria
      • Mejorar la capacidad de uso de poderes para los supervisores en lo que respecta a las prácticas de aplicación de provisiones en bancos a través de cambios legislativos cuando proceda
      • Se considerará en la revisión del marco regulador de exigencias de capital, la introducción de límites y salvaguardias para atajar situaciones de insuficiente nivel de provisiones, que pueden ser en la forma de reducción en fondos propios.
      • Facilitar desde el MUS un guía de gestión de carteras de préstamos impagados para los bancos menos significativos supervisados por las ANCs.
      • Se publicara desde la Autoridad Bancaria Europea una guía de gestión de carteras de préstamos impagados para los bancos que sea coherente con la publicada desde el MUS.
      • Se publicará desde la Autoridad Bancaria Europea una guía para la originación bancaria de préstamos, control y gobierno interno de carteras que mejoren la transparencia y evaluación de prestatarios para reducir la generación de nuevos préstamos impagados.
      • Se desarrollará desde el Consejo de Riesgo Sistémico de la Unión medidas macro-prudenciales para evitar la aparición de problemas en todo el sector bancario europeo como consecuencia de sus altos niveles de activos improductivos.
    • Acciones en la reforma de los marcos legislativos de insolvencia y recuperación de deuda.
      • Se realizará un estudio comparativo sobre la eficacia, eficiencia y rapidez de los procedimientos de insolvencia de prestatarios y adjudicaciones de garantías de préstamos en los países de la EU.
      • Se promoverá que los países de la UE consideren la revisión de sus procedimientos de insolvencia frente al estudio comparativo. 
    • Acciones en el desarrollo de los mercados secundarios de préstamos impagados. 
      • Se desarrollarán  desde las Autoridad Bancaria nuevas exigencias sobre la publicación de información sobre calidad de los activos y carteras de préstamos impagados de los bancos.
      • Se desarrollarán iniciativas para mejorar las infraestructuras de datos para la información comunitaria sobre activos improductivos con nuevos modelos estandarizados y el establecimiento de plataformas para registrar transacciones sobre activos improductivos.
      • Se desarrollará  pautas homogéneas para los países de la UE para el diseño de entidades nacionales de gestión de activos improductivos. (Bancos Malos)
      • Se desarrollará medidas en la UE para impulsar los mercados secundarios de activos improductivos mediante la eliminación de impedimentos para la transferencia de gestión de carteras de activos  a entidades no bancarias y la propiedad de los mismos también por entidades no bancarias.

Se puede concluir que la estabilidad financiera, la finalización de los planes legislativos de la Unión Bancaria y Mercados y  el impulso económico de la Unión Europea necesitan la reducción considerable y rápida de los niveles de activos improductivos en los balances de los bancos  de un grupo de países de la unión. El momento para tomar acciones realistas y eficaces es ahora mientras  la recuperación europea de los efectos de la crisis es sostenida. Las Instituciones y Autoridades Europeas han propuesto los planes de impulso desde los marcos legislativos y no legislativos de la Unión para que los países afectados tomen parte activa de las medidas y acciones de forma diligente y rápida y no se pierda el momento. 






martes, 24 de octubre de 2017

DESCUBRIENDO EL COMITE DE SUPERVISON BANCARIA DE BASILEA


Qué es? Qué hace? Cómo lo hace? Cómo se organiza? Cómo participa la UE? Qué son los acuerdos de Basilea? Cuales son? Qué contienen? Donde están los acuerdos Basilea III? Cuales son las implicaciones mas relevantes de BIS III?
Todas estas preguntas tienen respuestas en los siguientes documentos de análisis del Parlamento Europeo que nuestro Observatorio trae aquí.

Son un resumen ciertamente ejecutivo de todo lo relacionado con el BCBS y su impacto en la actualidad de la Unión Bancaria Europea y de todo el sector global y de obligada lectura para estudiantes, profesionales e interesados del sector bancario.







jueves, 19 de octubre de 2017

ACELERANDO EL MERCADO UNICO BANCARIO EN EUROPA


La Comisión ha dirigido una comunicación al Consejo de Europa, Parlamento Europeo y los Comités Europeos Económico y Social y de la Regiones, proponiendo y buscando un nuevo compromiso de todos los colegisladores para completar el proyecto de la Unión Bancaria Europea. 

En la comunicación la Comisión ha realizado un conjunto de propuestas para el acuerdo antes del fin del 2018 en el avance y finalización del proyecto de las que las más relevantes son: 

  • Modificar el diseño actual de la implantación del Fondo Europeo de Garantía de Depósitos limitando su acción máxima a un co-seguro  con los fondos de garantía nacionales cubriendo pérdidas en paralelo y vinculado a la reducción en los países de los niveles actuales de préstamos impagados y activos de difícil valoración; 

  • Reducir las opciones nacionales en la directiva europea de fondos de garantía de depósitos nacionales para homogeneizar su implementaciones mejorar la comunicación con los mecanismos europeos de legislación,  supervisión, resolución de la unión bancaria; 

  • Apoyar las ideas de los grupos técnicos en usar líneas de crédito del mecanismo europeo de estabilidad (en un posible futuro Fondo Monetario Europeo) como sistema de salvaguarda para el Fondo de Reestructuración Bancaria que opera bajo la regulación de recuperación y resolución bancaria (BRRD) y supervisado por el Consejo de Resolución Bancaria (SRB); 

  • Proponer un conjunto de medidas para fomentar la creación de entidades nacionales, que no europea, de gestión de activos con problemas (bancos malos), fomentar los mercados secundarios de activos con problemas, fomentar mecanismos rápidos para aplicar las garantías a los activos garantizados y con problemas, fomentar la transparencia y la información disponible de los préstamos impagados en los balances de los bancos;

  • Estudiar y proponer una iniciativa legislativa para introducir niveles mínimos de provisiones genéricas temporales  para cubrir de forma preventiva posibles pérdidas en préstamos impagados y no debidamente provisionadas;

  • Aclarar los poderes de Mecanismo Unico de Supervisión que le permite imponer a los bancos niveles adecuados de provisiones a los préstamos impagados dentro de los límites del marco regulador contable; 

  • Desarrollar una iniciativa legislativa para crear el marco legal para nuevos instrumentos de deuda garantizada mediante bolsas de bonos soberanos diversificados que permita reducir las carteras de este tipo de bonos soberanos en los balances de los bancos mediante la colocación de estos nuevos instrumentos en mercados secundarios desarrollados en el marco de la Unión Europea de Capitales;



Además de las propuestas presentadas en esta comunicación la Comisión incluye su informe sobre la primera valoración del funcionamiento del segundo pilar de la Unión Bancaria, el Mecanismo Unico de Supervisión MUS, donde se recoge la idea a estudiar dentro el nuevo marco regulador de exigencias de capital a firmas de inversión, para que las firmas de inversión consideradas de importancia sistémica con actividades de tipo bancario sean supervisadas por el MUS y no por sus respectivas Autoridades Nacionales Competentes.

La Comisión Europea ha publicado junto con su comunicación, un conjunto de documentos explicativos sobre el propósito y alcance de esta a los que se facilita el acceso a continuación.