martes, 4 de abril de 2017

Resumen de actividad de las Instituciones Reguladoras Europeas en el mes de Marzo 2017

El  seguimiento y puesta al día en todos los cambios y hechos regulatorios que están modelando cada día  el terreno de juego de la Unión Bancaria y de Mercados en Europa,  es una amplísima tarea  para las entidades y los profesionales del sector.

Este Observatorio trae, a fin de ayudar en esa labor,  un útil compendio mensual de divulgación de la actividad relevante de las Autoridades reguladoras de la Unión Bancaria y de Mercados Europea.

El compendio se organiza por Autoridad reguladora (se ha tenido en cuenta a la Comisión Europea, la Autoridad Bancaria EBA, la Autoridad de Mercados ESMA y al supervisor bancario BCE-SSM) y por fecha de publicación de la actividad, etiquetando cada actividad con la regulación a la que afecta para mejor filtrar los intereses de cada uno.   En cada actividad vienen los enlaces que facilitan el acceso a la documentación regulatoria referida, para facilitar su estudio.




jueves, 30 de marzo de 2017

Abajo las Barreras!! Servicios Financieros sin Fronteras en EU

Los consumidores y las empresas europeas deberían poder aprovechar plenamente un verdadero mercado único de servicios financieros. Los consumidores deben tener acceso a los mejores productos disponibles en toda la UE, no sólo dentro de su propio país. Al mismo tiempo, queremos explorar todo el potencial de la tecnología que existe. Si se aprovecha bien, tiene el potencial de cambiar para mejor la industria financiera y la forma en que la gente accede a los servicios financieros


Valdis Dombrovskis, Vicepresidente de la Comisión Europea,  Marzo 2017


La Comisión Europea ha concluido a través de las consultas públicas que ha realizado,  que el mercado único  europeo de servicios financieros sigue fragmentado y multinacional, a pesar de los esfuerzos de regulación única realizados en los últimos años y  acaba de dirigir a las otras Instituciones Europeas relevantes, (Consejo de Europa, Parlamento Europeo, Banco Central Europeo, y Comité Económico y Social) de forma pública, un plan de acción que establece una estrategia para reforzar el mercado único de la UE para los servicios financieros minoristas, persiguiendo para los consumidores europeos más y mejores productos, a mejor precio y en cualquier parte de la Unión sin restricciones ni barreras  para los negocios.

El plan de acción también pretende, en particular, aprovechar el potencial de la digitalización y los avances tecnológicos (FinTechs, otra vez) para mejorar el acceso de los consumidores a los servicios financieros en toda la UE.

La Comisión ha identificado tres ejes principales de trabajo que deberían ser el enfoque principal durante los años restantes del actual mandato para avanzar un paso más hacia el conjunto estratégico del mercado único bancario europeo.

  • Eje primero : Aumentar la capacidad y la confianza del consumidor para comprar servicios financieros en otros Estados miembros al igual que en su Nación de origen.
  • Eje Segundo : Reducir las barreras jurídicas y regulatorias que afectan a los negocios que comercializan servicios financieros en otros Países diferentes a su origen.
  • Eje tercero : Apoyar el desarrollo de un mundo digital innovador que pueda ayudar a superar algunas de las barreras existentes actualmente al mercado único europeo.
Dentro de cada eje, el plan incluye  un conjunto de acciones con un horizonte de ejecución en los próximos dos años como se resumen a continuación:

Eje primero

Acción 1 (T4 2017) : Reducir las comisiones para los pagos transfronterizos dentro de la unión. La Comisión propondrá una modificación de la regulación  sobre servicios de pagos, para reducir las comisiones en todos los Estados miembros.

Acción 2 (T2 2018) : Mejorar la transparencia en operaciones de cambio de divisa. La Comisión evaluará las buenas y malas prácticas en este ámbito, y considerará la medidas a adoptar (forzar la amplia aplicación de la ley existente, o proponer cambios regulatorios)  que permitan a los consumidores optar por los mejores tipos de cambio.

Acción 3 (T4 2018) : Facilitar a consumidores el cambio de compañía de servicios financieros. La Comisión evaluará nuevos pasos para hacer más fácil a los usuarios de servicios financieros el cambio de proveedor teniendo en cuenta lo ya regulado para este propósito en la Directiva Europea de Servicios de Pagos (14 días en PSD2).

Acción 4 (T2 2018) : Mejorar los sitios web de comparación de servicios financieros. La Comisión fomentará la mejora de la prestaciones y calidad de la información de los sitios web dedicados a las comparativas de servicios financieros en Europa, mediante la divulgación y promoción del uso de los principios de buenas prácticas existentes para este tipo de servicios y la certificación voluntaria de los mismos.

Acción 5 (T4 2017) : Mejorar el marco normativo de los productos de seguros de vehículos. La Comisión completará la revisión de la actual regulación estos seguros y propondrá las reformas necesarias para mejorar los procesos de reconocimientos de siniestros y pagos transfronterizos.

Acción 6 (T4 2017) : Mejora de la transparencia de precios en los seguros relacionados con alquileres de vehículos.

Acción 7 (T2 2018) : Mejora de la capacidad de acceso de los consumidores a préstamos transfronterizos manteniendo niveles razonables de endeudamiento de los consumidores que no generen niveles de riesgos indeseados.
  
Eje segundo

Acción 8 (T4 2018) : Racionalizar las regulaciones de protección de consumidores. La Comisión evaluará las diferentes normativas nacionales para identificar y actuar sobre posibles barreras injustificadas a los servicios bancarios transfronterizos.


Acción 9 (T4 2018) : Mejora de los procesos transfronterizos de evaluación de riesgo de crédito a consumidores. La Comisión fomentará  la introducción de estándares homogéneos a toda la UE para la evaluación de riesgo de crédito, el desarrollo de la definición de un conjunto de datos mínimo a intercambiar entre agencias de evaluación de riesgos de los diferentes países, así como definición de  principios homogéneos a toda la UE para la actividad de préstamos a consumidores.

Eje tercero

Acción 10 (T4 2017) : Acelerar el  mercado europeo de servicios financieros apoyado en nuevas tecnologías. La Comisión, basándose en las consulta pública sobre servicios Fintech lanzada junto con este plan y los trabajos del grupo de trabajo Fintech recientemente formado, identificará qué acciones adicionales son necesarias para acelerar el desarrollo del mercado único digital de servicios financieros en Europa y las entidades Fintech que lo promuevan.

Acción 11 (T4 2017) : Mejorar la identidad digital de los consumidores. La Comisión fomentará la identificación electrónica de los consumidores en contrataciones transfronterizas, que se basen en la regulación eIDAS, que permite el reconocimiento en toda la UE de este tipo de identificación.

Acción 12 (T2 2018) : Mejora de la seguridad, de la calidad de información precontractual, de la transparencia de los procesos de contratación, y el asesoramiento en productos y servicios. La comisión conducirá una evaluación sobre como las estipulaciones que hay en todas la normativas relacionadas (hipotecas, pagos, créditos, inversiones, fondos y otras) se están aplicando por las Fintech y como se puedan mejorar específicamente para los canales digitales europeos de distribución de servicios financieros.


El plan incluye detalle de las barreras y problemas  identificados  en el desarrollo de mercado único de servicios financieros en Europa, el detalle de las medidas de regulación y otras  ya existentes para resolverlos y el detalle de la  justificación de las nuevas acciones descritas. El texto completo del plan y otras informaciones  se pueden encontrar en este enlace. 




jueves, 23 de marzo de 2017

BlockChain y otras TLDs ... El reverso oscuro de la fuerza.

No desde hace mucho tiempo, el uso de tecnologías de redes digitales en procesos  económicos  que fomentan la ruptura con lo anterior, la descentralización y el sustento operativo de economías compartidas,  se ha convertido en unas nuevas fuerzas místicas del universo  todo digital en el que continuamos evolucionando.

Algunas de esas fuerzas ya se han revelado al hombre, se han hecho realidades, y sus sectarios ya mueven  los objetos prometidos, bienes y dinero,  con sólo el  sentir de sus dedos en un teclado.

Otras fuerzas todavía permanecen en proceso de revelación, cultivadas en altares arcanos  por unos pocos iniciados en los misterios de la programación estructurada y unos fieles que las alimentan con toda su fe, bien en forma de enormes cantidades de financiación entregada a sus causas, o en forma de  tiempo y esfuerzo  en divulgar las buenas nuevas que están por venir.

Este es el caso de la todavía no revelada fuerza BlockChain y otras TLDs (Tecnologías de Libros de registro Distribuidos), que  a juzgar por el número y sapiencia de sus iniciados cultivadores,  la relevancia social, económica y financiera de sus más cercanos apóstoles y fedatarios, su promesa se atisba de grandes bienes para la vida de los  hombres.


 O, … no sólo bienes? 

Los servicios de análisis del Parlamento Europeo, en los que me apoyo para esta reflexión, nos dan algunas ideas más sobre esta cuestión.

El efecto más profundo del desarrollo del uso de la tecnología  BlockChain/TLD  podría encontrarse en impactos muy sutiles sobre valores y estructuras sociales muy establecidas. Estos impactos están asociados con los valores que se encuentran embebidos dentro de la propia tecnología.

Todas las tecnologías tienen valores y políticas, normalmente representando los intereses de sus creadores. En este sentido, las razones por las que los sistemas tradicionales de libros centralizados de registro de transacciones  formales,  posicionan a sus creadores y mantenedores como intermediarios indispensables son claras: dado que todas las transacciones pasan por ellos, los creadores mantienen su posición de poder y además su potencial capacidad para beneficiarse de sus usuarios, quienes a su vez reafirman la indispensabilidad de estos sistemas y sus intermediarios como valedores únicos de la información que albergan, cada vez que registran una nueva transacción. Un circulo reforzado.

Por supuesto, un sistema de libro de registro de transacciones  distribuido, como propone  la tecnología BlockChain/TLD, sin un valedor central único de la información, cambia valores y políticas, colocando la confianza en los varios participantes en la red, en su seguridad y encriptación, distribuyendo el poder centralizado  a estructuras de iguales no jerarquizadas.

En este contexto, utilizar este tipo de sistemas, aún por regular, es participar en un cambio más amplio que reducirá la confianza en el poder de las instituciones tradicionales, como son entre otros bancos y gobiernos,  pudiendo esto ser generador de  grandes tensiones, fuerzas y usos de actuales poderes hacia conseguir un dominio avanzado  de esta compleja tecnología, BlockChain/TLD, o peor aún, a su adaptación y evolución en propiedad, que de hecho convierta a sus exclusivos dominantes en una oligarquía con nuevos poderes centralizadores, situación que es estructuralmente contraria a la visión original de descentralización que todos los usuarios esperan de la nueva fuerza por revelar.

Este escenario de permisividad no regulada en el desarrollo y uso de la tecnología BlockChain/TLD, hacia aplicaciones todavía dominadas por valedores y poderes exclusivos centralizados, se observa ya en algunos usos públicos y privados donde se adopta a conveniencia únicamente cierta funcionalidad básica de la tecnología, sin ofrecer la potencial descentralización y transparencia.

Por otra parte, a primera vista, el carácter descentralizado, seguro y auto-sostenido de los libros distribuidos de registro de transacciones formales apoyados en la tecnología BlockChain/TLD, parece basarse o asumir un enfoque de autorregulación legal, que en principio funcionaría paralelamente a los instrumentos jurídicos tradicionales. 

Sin embargo, mirando con más cuidado en las aplicaciones ya más avanzadas del uso de la tecnología, se plantean nuevas cuestiones legales y reguladoras que deben considerarse, ya que algunas de esas aplicaciones cuestionan principios fundamentales del derecho, como el jurisdiccional.

El carácter descentralizado y potencialmente transfronterizo (cualquiera que sean las fronteras de jurisdicción legal) de los libros distribuidos de registro, levantan dudas sobre cuestiones de qué leyes les aplican, que parecen podrán diluir responsabilidades legales y rendición de cuentas en una forma sin precedentes, lo que hace necesario un enfoque regulador armonizado a nivel transnacional y más pertinente en comparación con un ámbito local o regional, que podrían perder la posibilidad de control y respaldo de la legalidad de las transacciones (contratos inteligentes) recogidas en los libros distribuidos de registro, control que pasaría directamente a sus usuarios u otras partes del sistema dando forma a posibles organismos descentralizados y autónomos, ya que nadie (incluido el creador original) podría controlar los libro de registro una vez que se ha desplegado. 

Esto se refuerza con la idea de que en la actualidad estos tipos de libros de registro no tienen reconocimiento jurídico alguno.
 
Estas ideas, no nos dicen que BlockChain, otras TLDs y los libros distribuidos de registro de transacciones formales sean buenos o malos en sí mismos, solo que podrá haber buenos y malos usos y desde luego que necesitan desarrollarse dentro terrenos de juego con reglas y protecciones claras para todos y desde ya